Documento técnico/jurídico

CLAUSULAS-REGISTRO-HORARIO-CONTRATO-MARCO.md
# Cláusulas extensas — Registro Horario Digital (contrato marco)

## 1. Objeto y alcance del módulo

1.1. El proveedor facilita al cliente un módulo de Registro Horario Digital para la gestión de eventos de jornada laboral, incluyendo al menos: entrada, salida, inicio y fin de pausa.  
1.2. El módulo incluye capacidades de trazabilidad técnica de registros, auditoría de operaciones administrativas y controles de acceso por perfil.  
1.3. El alcance funcional concreto de la implantación quedará definido en la propuesta, anexos técnicos y/o documentación de versión aplicable.

## 2. Parametrización e implantación

2.1. La operación efectiva del módulo requiere parametrización inicial (usuarios, reglas de uso, métodos de fichaje permitidos, políticas de supervisión y exportación).  
2.2. El cliente se responsabiliza de aportar criterios internos de jornada, turnos, pausas y validaciones conforme a su organización, convenio aplicable y políticas laborales.  
2.3. El proveedor prestará soporte técnico de implantación dentro de los límites del servicio contratado.

## 3. Conservación, acceso y exportación de registros

3.1. El módulo permite conservar y consultar registros de jornada, así como su exportación mediante funcionalidades habilitadas en la plataforma.  
3.2. Se recomienda una conservación mínima de 4 años, salvo exigencias superiores aplicables al cliente por normativa, convenio o criterio de su asesoría.  
3.3. El cliente definirá internamente sus procedimientos de acceso, custodia y entrega de información ante requerimientos de inspección o representación legal de trabajadores.

## 4. Protección de datos y uso proporcional

4.1. El cliente, como responsable del tratamiento en su organización, determinará la base jurídica y medidas informativas aplicables al tratamiento de datos de jornada.  
4.2. El uso de funcionalidades adicionales (p. ej., geolocalización u otras medidas de control) deberá aplicarse con criterios de necesidad, proporcionalidad y minimización de datos, conforme a la normativa vigente y asesoría especializada.  
4.3. El proveedor aplicará medidas técnicas y organizativas razonables sobre la plataforma conforme a su arquitectura y alcance contratado.

## 5. Responsabilidades de las partes

5.1. El proveedor responde del funcionamiento técnico del software conforme a la documentación de versión y condiciones del servicio contratado.  
5.2. El cliente responde de la adecuación jurídico-laboral y de protección de datos de su despliegue concreto, incluida la validación con su asesoría laboral/legal y la correcta aplicación interna del procedimiento de registro.  
5.3. El proveedor no sustituye la asesoría jurídica específica del cliente.

## 6. Cambios normativos y actualizaciones

6.1. Ante cambios regulatorios relevantes, las partes podrán acordar ajustes funcionales y/o de configuración para mantener la alineación del módulo con el marco vigente.  
6.2. Las adaptaciones que excedan el mantenimiento estándar podrán presupuestarse como evolutivo, salvo pacto expreso en contrario.

## 7. Evidencias y documentación

7.1. El proveedor pondrá a disposición documentación técnica/comercial de soporte del módulo en su versión contratada.  
7.2. El cliente conservará internamente evidencias operativas de uso y control (informes, exportaciones y procedimientos) conforme a sus obligaciones de cumplimiento.

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